Ley que ratifica las proposiciones de reforma constitucional a que hace referencia
Article 2º
In force · version of Aug 10, 1888
Artículo 2.º Se reemplazo el artículo 8.º por el siguiente: Artículo ... Son ciudadanos activos con derecho de sufrajio los chilenos que hubieren cumplido veintiun años de edad, que sepan leer i escribir i estén inscritos en los rejistros electorales del departamento. Estos rejistros serán públicos i durarán por el tiempo que determine la lei. Las inscripciones serán continuas i no se suspenderán sino en el plazo que fije la lei de elecciones.