FERROCARRIL DE ARICA I TACNA.- SE PERMITE SU PROLONGACION HASTA SAN FRANCISCO
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In force · version of Jan 20, 1893
ART. 6.° La Empresa se obliga a conducir gratuitamente valijas de correspondencia i los empleados de correos que hagan el servicio ordinario de transporte de correspondencia i a conducir por la mitad del precio de pasajes a los militares, tropa y empleados públicos de cualquiera clase, que viajen en comision del servicio público, i por la mitad del precio de tarifa toda carga que se le entregue por cuenta del Estado