Article Concédese a doña Clarisa Cavada, vuida de Martinez, una pension de veinte pesos mensuales, de que gozará con arreglo a la lei de montepío militar
ARTICULO UNICO. Concédese a doña Clarisa Cavada, vuida de Martinez, una pension de veinte pesos mensuales, de que gozará con arreglo a la lei de montepío militar.