LEI NUM. 2,138, QUE AUTORIZA LA INVERSION DE $ 200,000 PARA COMBATIR LAS ENFERMEDADES INFECCIOSAS
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In force · version of Nov 11, 1908
ARTICULO UNICO. Autorízase al Presidente de la República para invertir hasta la suma de doscientos mil pesos ($ 200,000), en la adopcion de medidas para combatir las enfermedades infecciosas i demas gastos que orijine el servicio sanitario del pais.