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In force · version of Nov 20, 1908
Art. 8.º Las asociaciones de canalistas deberán llevar un rejistro en que se anoten todas las inscripciones referentes a regadores hechas en el conservador de bienes raices.
In force · version of Nov 20, 1908
Art. 8.º Las asociaciones de canalistas deberán llevar un rejistro en que se anoten todas las inscripciones referentes a regadores hechas en el conservador de bienes raices.