Article únicoConcédese, por gracia, al ex-Enviado Estraordinario i Ministro Plenipotenciario de Chile en Bolivia, don Manuel J
Artículo único.- Concédese, por gracia, al ex-Enviado Estraordinario i Ministro Plenipotenciario de Chile en Bolivia, don Manuel J. Vega, el derecho de jubilar con cuarenta años de servicios, en conformidad a las leyes respectivas.