CONCEDE DERECHO A JUBILAR AL PRO-SECRETARIO DE COMISIONES DE LA CAMARA DE DIPUTADOS DON LUIS NORDENFLYCHT
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In force · version of Sep 4, 1911
ARTICULO UNICO.- Concédese a don Luis Nordenflycht, Pro-Secretario de Comisiones de la Cámara de Diputados, derecho a jubilar con una pension equivalente a las veintidos cuarentavas partes del sueldo i gratificacion percibidos por él en el año 1910.