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"Artículo único.- Se autoriza al Presidente de la República, por el término de tres años, para pagar una pension de dos mil pesos ($ 2,000) oro de dieciocho peniques al año, a cada uno de los dos alumnos enviados por el Gobierno a estudiar veterinaria en la Universidad de La Plata, de la República Arjentina. Esta pension se podrá pagar desde la fecha del nombramiento de los alumnos mencionados".