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In force · version of Sep 23, 1947
Art. 90. La distribución del producto de las patentes de vehículos a que se refiere el inciso primero del artículo 6.o de la ley número 1,611, de 12 de Septiembre de 1903, modificada por los decretos-leyes número 423, de 20 de Marzo de 1925, y número 546 de 22 de Septiembre del mismo año, no regirá para las comunas que menciona el artículo 1.o de la presente ley.