Article 1
Artículo 1.o Se concede la jubilación al Director del departamento Tacna y Arica del Ministerio de Relaciones Exteriores, señor don Luis Arteaga García con el goce de una pensión anual de cuarenta mil pesos ($ 40,000).
Article
Art. 2.o Esta ley comenzará a regir desde el 1.o de Enero de 1930.