Article 1o Concédese, por gracia y a contar desde el 1
Artículo 1.o Concédese, por gracia y a contar desde el 1.o de Diciembre de 1929, a doña Adela González, viuda del ex-ministro de la Corte de Apelaciones de Valdivia don Ramón Sanz Frías, una pensión de seis mil pesos ($ 6,000) anuales.
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Art. 2.o El gasto que significa la presente ley se deducirá del ítem 06/a, capítulo 15, partida 06, del Presupuesto de 1929.