REORGANIZA LOS SERVICIOS DE LA ADMINISTRACION PUBLICA.
Article
In force · version of Nov 25, 1931
Art. 3.o Desde la fecha en que los sueldos y pensiones se reduzcan en la proporción señalada en los artículos 1.o y 2.o, cesará de aplicarse la contribución establecida en fonformidad al decreto con fuerza de ley número 359, de 20 de Mayo de 1931.