Ley 7.381

AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA EXPROPIAR TERRENO QUE SE INDICA, UBICADO EN PUERTO MONTT, DESTINADO A LA CONSTRUCCION DE UN ESTADIO

Article

Article 2

Article 3

Article 4El terreno cuya expropiación se autoriza por la presente ley se destinará a la construcción de un Estadio

Article 5

Article 6Autorízase la inversión de quinientos mil pesos en la construcción de un Estadio en Puerto Montt

Article 7La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial"