Ley 7.887

AUMENTA LA PLANTA DE OFICIALES DE DEFENSA DE COSTA DE LA ARMADA NACIONAL

Article

Article 2° El gasto que importa esta ley se imputará al ítem 10|01|01 de la Ley de Presupuesto de la Nación

Article 3° La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el "Diario Oficial"