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"Artículo 1.o Autorízanse los siguientes traspasos por la suma de un millón cuatrocientos seis mil pesos ($ 1.406.000) en el Presupuesto del Ministerio de Obras Públicas y Vías de Comunicación:
De los ítem:
12|01|01 Sueldos fijos________ $ 106.000 12|01|09-i Subvenciones a Ferrocarriles______ 1.000.000 12|03|02-b Sobresueldos fijos por residencia en ciertas zonas________ 300.000
A los siguientes ítem:
12|01|04|f-1 Pasajes y fletes por la Empresa de los Ferrocarriles del Estado__________ 150.000 12|01|04|f-2 Pasajes y fletes en empresas privadas____________ 50.000 12|01|04|r-1 Consumo de electricidad y gas_________________ 100.000 12|03|04|-b Gratificaciones y premios___________ 300.000 12|03|11á-1 Para reparaciones de edificios dependientes de los distintos Ministerios_________ 406.000 Continuación de obras Escuela de Artesanos de Iquique_____________ 400.000
Article 2o Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial"
Artículo 2.o Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".