Article
"Artículo 1.o Auméntase la Planta de los Oficiales de Armas, Rama del aire, y de los Oficiales de los Servicios, Rama de Administración, en la siguiente forma.
OFICIALES DE ARMAS
Rama del Aire
Comodoro______________________________________ 1 Comandantes de Grupo__________________________ 4 Comandantes de Escuadrilla____________________ 10 Capitanes de Bandada__________________________ 14 Tenientes 1.os________________________________ 15 Tenientes 2.os, Subtenientes y Alféreces______ 46 ___ Total______________________________________ 90
OFICIALES DE LOS SERVICIOS
Rama de Administración
Comandante de Escuadrilla, Contador_________ 1 Capitanes de Bandada, Contador________________ 3 Tenientes 1.os, Contador______________________ 5 Tenientes 2.os, Subtenientes y Alféreces, Contador______________________________________ 8 ___ Total______________________________________ 17
Article 2
Artículo 2.o Suprímese en el Presupuesto del Ministerio de Defensa Nacional, Subsecretaría de Aviación, correspondiente al año 1945, en la partida 11/01/01, después de la frase "servicios de la Rama del Aire y de Administración" las siguientes frases: "Alféreces Supernumerarios de la Rama del Aire y de Administración que egresen de la Escuela de Aviación: Alféreces de la Rama del Aire, 50; Alféreces de Administración, 17". Las sumas consultadas para atender el pago de haberes de dichos Alféreces Supernumerarios, ascendentes a $ 723,600, pasarán a incrementar las cantidades concedidas para la cancelación de los emolumentos de Oficiales de Planta de la Rama del Aire y de Administración.
Article 3o Traspásase en el Presupuesto de la Fuerza Aérea de Chile de 1945, de la partida 11/01/04-a
Artículo 3.o Traspásase en el Presupuesto de la Fuerza Aérea de Chile de 1945, de la partida 11/01/04-a.2 (para pagar sueldos de 40 Alféreces que egresarán el 1.o de Julio de 1945 de la Escuela de Aviación), a la 11/01/01, la suma de $ 216,000 y de la partida 11/01/04-b.11 a la 11/01/02-c. la cantidad de $ 54,000.
Article 4o Las plazas de Oficiales en los grados de Tenientes 2
Artículo 4.o Las plazas de Oficiales en los grados de Tenientes 2.os, Subtenientes y Alféreces de las diferentes Ramas que las leyes vigentes y el presupuesto de 1945 consultan sepradamente, se considerarán en los respectivos escalafones en un solo total.
Article 5o Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial"
Artículo 5.o Esta ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial".