Ley 9.321

MODIFICA EL DECRETO N° 1,000, DE 1943, QUE REFUNDE LAS DISPOSICIONES SOBRE ALCOHOLES Y BEBIDAS ALCOHOLICAS EN LA FORMA QUE SEÑALA

Article

Article 2Derógase la letra g) del artículo 20 de la ley N° 8,762, que ordena agregar un artículo a continuación del 48 del decreto N° 1,000, ambos referidos en el artículo anterior

Article 3

Article 4Introdúcense las siguientes modificaciones al artículo 7° del decreto N° 400, de 27 de Enero de 1943, que refunde las disposiciones sobre impuesto de Timbres, Estampillas y Papel Sellado:

Article 5

Article 6Prorrógase hasta el 31 de Marzo del año en curso el plazo para pagar el impuesto a la producción de vinos correspondiente al año 1948

Article 7

Article 8La presente ley regirá desde la fecha de su publicación en el Diario Oficial"