ELEVA A LA CATEGORIA DE MAYOR CUANTIA EL JUZGADO DE LETRAS DE MENOR CUANTIA DE QUILLOTA
Article 3El gasto que demande la aplicación de la presente ley se financiará con el excedente de entradas que produzca la ley N° 9,040, publicada en el "diario Oficial" de 20 de Septiembre de 1948
In force · version of Mar 3, 1949
Artículo 3°.- El gasto que demande la aplicación de la presente ley se financiará con el excedente de entradas que produzca la ley N° 9,040, publicada en el "diario Oficial" de 20 de Septiembre de 1948.