Ley 10.309

FIJA PLAN DE CONSTRUCCION, TRANSFORMACION, ETC., DE ESTABLECIMIENTOS CARCELARIOS

Article 1

Article

Article 3o Para cumplir los fines contemplados en esta ley, el Presidente de la República podrá:

Article 4o Todas las multas por infracción a las leyes, decreto-leyes, decretos con fuerza de ley y reglamentos cuya cuantía sea fija, se elevarán al doble de su monto actual

Article 5o Reemplázase el inciso primero del artículo 49 del Código Penal, por el siguiente:

Article 6o Sustitúyese el inciso tercero del artículo 181 de 1a Ley sobre Alcoholes y Bebidas Alcohólicas, cuyo texto definitivo fue aprobado por decreto supremo 1

Article 7o La cuota de las multas por infracción al Libro II de la Ley de Alcoholes, que se determina en el inciso 3

Article 8

Article 9

Article 10o La aprobación de los proyectos de construcción de obras incluidas en el plan a que se refiere el artículo 1

Article 11

Article 12