Ley 10.537

AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN PARA CONTRATAR UN PRESTAMO POR LA SUMA QUE SEÑALA.

Article

Article 2

Article 4

Article 5

Article 6

Article 7o La Municipalidad deberá publicar en el mes de Enero de cada año, en un diario o periódico de la cabecera del respectivo departamento, un estado del servicio del o los empréstitos