Ley 11.522

DETERMINA QUE EL RETIRO Y MONTEPIO DEL PERSONAL DE CARABINEROS SE REGIRA POR EL DECRETO CON FUERZA DE LEY N.o 299, DE 1953, Y SUS DISPOSICIONES PREVALECERAN SOBRE LAS CONTENIDAS EN EL DECRETO CON FUERZA DE LEY N.o 348, DE AGOSTO DEL MISMO AÑO

Article 1o El retiro y montepío del personal de Carabineros se regirá por el decreto con fuerza de ley N

Article 2o Agrégase a continuación del inciso 1

Article 3

Article 4o La presente ley regirá desde el 3 de Agosto de 1953