Ley 11.880

APRUEBA EL INGRESO DE LOS AGENTES DE CABOTAJE AL REGIMEN DE PREVISION DE LA CAJA DE PREVISION DE LA MARINA MERCANTE NACIONAL

Article 1

Article 2o El monto de las imposiciones se calculará sobre la renta equivalente a un sueldo vital del departamento de Valparaíso, la cual podrá aumentarse para estos efectos el 1

Article 3

Article 4

Article 5o Agrégase en el inciso cuarto del artículo 28

Article