Article
"Artículo 1°.- Declárase de utilidad pública y autorízase a la Municipalidad de San Vicente de Tagua Tagua para expropiar un inmueble de 9,048 metros cuadrados de superficie, más o menos, ubicado en la comuna, perteneciente a don Roberto Brown Brown, y que reconoce los siguientes deslindes: Norte, en 104 metros, con resto de la propiedad del señor Brown y, otros; Sur, en la misma medida, con el Estadio Municipal y Eduardo Collins; Oriente, en 87 metros, con edificio del Cuerpo de Carabineros de Chile, y Poniente, en la misma medida, con calle "17 de Septiembre". La propiedad se encuentra inscrita a fojas 353 vuelta, N° 517, del Registro de Propiedad correspondiente al año 1945 del Conservador de Bienes Raíces del departamento de San Vicente.
Article 2
Artículo 2°.- La Municipalidad de San Vicente destinará el predio cuya expropiación se autoriza por la presente ley a la prolongación de la calle "Horacio Aránguiz" de la comuna y el retazo sobrante se destinará a los fines que determine la propia Corporación.
Article 3La expropiación se ajustará a las normas señaladas en el Título XV del Libro IV del Código de Procedimiento Civil
Artículo 3°.- La expropiación se ajustará a las normas señaladas en el Título XV del Libro IV del Código de Procedimiento Civil.
Article 4
Artículo 4°.- El gasto que represente la aplicación de esta ley y la indemnización que corresponda al dueño del inmueble indicado en el artículo 1° serán de cargo de la Municipalidad de San Vicente y se imputarán a los ingresos ordinarios."