AUTORIZA EXPROPIAR LOS INMUEBLES QUE INDICA Y CUYOS DESLINDES SEÑALA, CON EL OBJETO DE AMPLIAR LAS INSTALACIONES DEL INSTITUTO COMERCIAL DE TALCA
Article313 y su reglamento aprobado por decreto 2
In force · version of Oct 21, 1959
Artículo 3° Esta expropiación se llevará a efecto en conformidad al procedimiento señalado en la ley 3.313 y su reglamento aprobado por decreto 2.651, del ex Ministerio de Fomento, publicado en el "Diario Oficial" de 11 de octubre de 1934. Los inmuebles una vez expropiados se reputarán con títulos saneados y las personas que pretendan algún derecho sobre dicho predio sólo lo podrán hacer valer sobre el valor de las respectivas expropiaciones."