🇨🇱 Chile
Ley 6 units
Promulga Convenio Constitutivo del Banco Interamericano de Desarrollo.
Ley 13.904cl-law-1960-01-13-13904Jan 13, 1960
- Article
- Article 2 o Las relaciones entre el Gobierno de Chile y el Banco Interamericano de Desarrollo, así como la aplicación del Convenio que lo origina se efectuarán por intermedio del Ministerio de Hacienda
- Article 3 o Se autoriza al Banco Central de Chile para realizar con el Banco Interamericano de Desarrollo todas las operaciones consultadas en el Convenio que crea esta Institución
- Article 4 o El servicio de las obligaciones que signifique la aplicación del artículo anterior, lo hará la Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública con cargo a sus propios recursos
- Article 5 o El Banco Interamericano de Desarrollo y sus funcionarios gozarán en Chile de la situación jurídica, exenciones, inmunidades y privilegios establecidos en el Convenio
- Article 6