DECLARA INCORPORADOS EN LA LEY DE PRESUPUESTO DE 1960, NUMERO 13,911, LOS GASTOS FIJOS QUE SEÑALA Y AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA PONER A DISPOSICION DEL HONORABLE CONGRESO NACIONAL, LAS CANTIDADES QUE INDICA
Article 3
In force · version of Feb 24, 1960
Artículo 3.o El gasto que demande la aplicación de la presente ley se financiará con cargo a la diferencia existente entre el Cálculo de Entradas y el de Gastos del Presupuesto de la Nación para el presente año, aprobado por ley N.o 13,911".