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"Artículo 1° Autorízase al Presidente de la República para transferir gratuitamente a la Fundación de Beneficencia "Obra de Don Bosco" los inmuebles fiscales situados en la calle Chiloé N.o 1044, de la ciudad de Punta Arenas, departamento y provincia de Magallanes, que el Fisco adquirió en su calidad de heredero de doña Olinda Andrade Gallardo, y que se encuentran inscritos a fs. 9, N.o 9, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Magallanes de 1961. Según esa inscripción los inmuebles tienen los siguientes deslindes: A) Casa y sitio: Norte, propiedad hoy de don Florencio Iglesias; Sur, propiedad de don Julio Braun, hoy de don Deodato Foschino; Oriente, calle Chiloé, y Poniente, con la propiedad que deslindará más adelante. Mide siete metros de frente, por veinticinco metros de fondo. B) Propiedad ubicada en el interior del inmueble anteriormente deslindado, que limita: Norte, propiedad de Leopoldo Bourgade; Sur, propiedad de Emilio A. Crisóstomo; Oriente, con propiedad individualizada bajo la letra A), y Poniente, propiedad de Vitres Frey. Mide ocho metros al Norte y Sur, por doce y medio metros al Oriente y Poniente.
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Artículo 2° La Fundación de Beneficencia de que se trata deberá destinar los inmuebles que se le transfieren para el funcionamiento del Liceo San José, de la ciudad de Punta Arenas. Si se destinaren las propiedades a otro fin, éstas volverán al dominio del Fisco".