🇨🇱 Chile
Ley 30 units
MODIFICA EL D.F.L. NUMERO 72, DE 1960, LA LEY NUMERO 10.383, EL CODIGO SANITARIO, FIJA NORMAS PARA ENCASILLAR AL PERSONAL DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD Y PRORROGA EL PLAZO PARA ACOGERSE A LOS BENEFICIOS DE LA LEY DE CONTINUIDAD DE LA PREVISION
Ley 14.904cl-law-1962-09-14-14904Sep 14, 1962
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- Article 995
- Article 807 el grupo III "Transferencias Corrientes del Fisco o de otros servicios descentralizados" 2
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- Article 10 El Servicio Nacional de Salud podrá crear, con fondos del propio Servicio, en casos calificados para el personal de colaboración médica no afecto a la ley N° 10
- Article 11
- Article 12 Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N° 10
- Article 13 Reemplázase en el artículo 243 del Código Sanitario la frase "de medio sueldo vital a" por la palabra "hasta"
- Article 14
- Article 15
- Article 16 Otórgase la calidad de Sub-Dirección Zonal al área hospitalaria de la ciudad de Arica, siempre que por ello no se modifique en manera alguna las remuneraciones de su personal
- Article 17 Suprímese en el artículo 243 del Código Sanitario, la frase: "salvo las disposiciones que tuvieren sanción especial"
- Article 18 Reemplázase el artículo 10 de la ley N° 10
- Article 19 En el Servicio Nacional de Salud el ascenso a cargos que no impliquen jefatura podrá efectuarse sin que involucre necesariamente el traslado del funcionario
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- Article 10 Facúltase al Servicio Nacional de Salud para autorizar el descuento, por planillas, de las cuotas mortuorias u otras cuotas sociales, de acuerdo con un reglamento especial
- Article 11