AUTORIZA AL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA PARA INVERTIR HASTA LA CANTIDAD DE E° 400.000 EN DIVERSAS OBRAS DE ADELANTO LOCAL, CON OCASION DEL CENTENARIO DE LA FUNDACION DE LA CIUDAD DE ANGOL, DECLARA FERIADO, PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES, EL DIA 7 DE DICIEMBRE DE 1962, EN EL DEPARTAMENTO DE NACIMIENTO Y EN LA PROVINCIA DE MALLECO.
Article
In force · version of Nov 15, 1962
Artículo 3° La Tesorería General de la República pondrá a disposición de la Municipalidad de Angol la suma de diez mil escudos (E° 10.000) para que a través de propuestas públicas ejecute las obras señaladas en la letra i) del artículo 1°. Con cargo a la letra i) podrá imputar hasta la suma de tres mil escudos (E° 3.000) en financiar un programa de festejos populares con ocasión de la celebración del Centenario de la fundación de Angol.