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"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Magallanes para transferir gratuitamente al Fisco el terreno de propiedad municipal denominado Hijuela "Río de la Mano", de Punta Arenas, inscrito a nombre de dicha Municipalidad a fs. 306, N° 548, del Registro de Propiedad del año 1943, del Conservador de Bienes Raíces de Punta Arenas.
Article Además, el Fisco podrá reservar una superficie de 3
Artículo 2° La transferencia gratuita que se autoriza por la presente ley es con el exclusivo objeto de que el terreno sea transferido gratuitamente a su vez a sus actuales ocupantes que han construido en él viviendas con autorización municipal. Además, el Fisco podrá reservar una superficie de 3.182 m2. para la construcción de un Retén de Carabineros y las superficies necesarias para construir un Consultorio del Servicio Nacional de Salud y un Grupo Escolar.
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Artículo 3° Si por cualquier causa el predio individualizado en el artículo 1° se destinare a fines diversos del señalado en el artículo anterior, por el solo ministerio de la ley quedará resuelta la transferencia gratuita y el dominio del inmueble volverá a la Municipalidad de Magallanes".