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"Artículo 1° Autorízase la erección en la Plaza de Armas de la ciudad de Cañete de un monumento a la memoria del ex Presidente de la República, señor Juan Antonio Ríos Morales.
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Artículo 2° Autorízase la realización de una colecta pública en la provincia de Arauco, cuyo producto deberá destinarse a la construcción del monumento a que se refiere el artículo anterior. El mayor gasto que represente, y que no cubra esta colecta, será de cargo de la Municipalidad de Cañete".