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"Artículo 1° Autorízase a la Municipalidad de Quillota para transferir en forma gratuita e irrevocable al Cuerpo de Bomberos de Quillota, el predio que actualmente ocupa dicho Cuerpo de Bomberos, con sus cuarteles y demás dependencias, y que está ubicado en la ciudad de Quillota, calle O'Higgins número 176, y figura en el rol de avalúos bajo el número 1.791, con una superficie de 729 m2., aproximadamente, y con los siguientes deslindes: al Norte, en 57,50 metros con propiedad fiscal; al Sur, en 57,50 metros con propiedad municipal; al Oriente, en 13,40 metros con calle O'Higgins y al Poniente, en 13 metros con propiedad fiscal. La transferencia estará liberada de impuestos y derechos, incluso los notariales.
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Artículo 2° El Cuerpo de Bomberos de Quillota tendrá absoluta prohibición de transferir o celebrar promesas de venta respecto del predio individualizado en el artículo 1°.
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Artículo 3° En caso de disolución del Cuerpo de Bomberos de Quillota, la donación objeto de la presente ley quedará resuelta por el sólo ministerio de la ley, reintegrándose al dominio municipal el predio indicado".