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"Artículo 1° Autorízase al Presidente de la República para transferir, a título gratuito, a la Asociación de Boy Scouts de Chile, Directorio Local de Talcahuano, el predio fiscal de forma irregular y superficie aproximada de mil trescientos cuarenta y siete metros veinticinco centímetros cuadrados, ubicado en esa ciudad, en la manzana comprendida entre las calles Colón, Avenida Blanco Encalada, Baquedano y Angamos y que mide y deslinda en particular: al Norte, con Eleazar Larrea, en línea quebrada de veintiocho metros noventa centímetros; al Sur, con predio de la Cruz Roja Chilena, en veintisiete metros y con Eleazar Larrea, en veinticinco metros; al Oriente, con Avenida Blanco Encalada, en veinte metros cincuenta centímetros, y al Poniente, con predio de la Sucesión Caprile y E. Vásquez, en cuarenta y dos metros. El predio objeto de esta transferencia se encuentra inscrito a nombre del Fisco a fojas quinientos cuarenta, número setecientos cuarenta y uno del Registro de Propiedad del notario y Conservador de Bienes Raíces del departamento de Talcahuano correspondiente al año 1963. El predio mencionado será destinado exclusivamente a la construcción del Hogar Social Scoutivo.
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Artículo 2° Si la Asociación de Boy Scout de Chile, destinare el predio individualizado en el artículo 1° a fines distintos del señalado en el inciso 3° de dicho artículo, o no construyere en él, dentro del plazo de cinco años, su sede social, la enajenación a título gratuito se resolverá de pleno derecho, volviendo el inmueble al dominio del Fisco con todas sus mejoras, sin cargo alguno para éste. En tal caso, y previa verificación por la Contraloría General de la República de no haberse dado cumplimiento al objeto de esta transferencia, el Ministerio de Tierras y Colonización dictará el correspondiente decreto de restitución, ordenando la cancelación de la inscripción de ese inmueble, en el Conservador de Bienes Raíces respectivo y su nueva inscripción a nombre del Fisco. El Conservador de Bienes Raíces estará obligado a efectuar las inscripciones y cancelación a que se refiere esta ley".