🇨🇱 Chile
In force Ley 9 units
OTORGA BENEFICIOS A TRABAJADORES DE LA ADMINISTRACION LOCAL DEL PUERTO DE VALPARAISO QUE SE ENCUENTRAN EN SITUACION DE JUBILAR Y QUE HAYAN CESADO EN SUS FUNCIONES AL 1° DE JULIO DE 1965
Ley 16.375cl-law-1965-11-30-16375Nov 30, 1965
- Article
- Article 2 Para los efectos de la jubilación se computará un año de abono por cada cinco de servicios efectivos prestados en las Administraciones de Puertos
- Article 3
- Article 4
- Article 5 Concédese a este personal un nuevo plazo de ciento ochenta días, contados desde la fecha de vigencia de la presente ley, para que se acoja a los beneficios de la ley N° 10
- Article 6
- Article 7 La Ley de Presupuestos para el año 1966 contemplará un aporte extraordinario de E° 3
- Article 8
- Article 9 Se faculta al Director de la Empresa Portuaria de Chile para encasillar en una Planta Administrativa especial, sin sujeción a las exigencias del artículo 14° del DFL