Ley 16.410

CONCEDE PENSION, POR GRACIA, A DOÑA ERNESTINA Y A DOÑA BLANCA WRIGHT CATALDO

Article únicoConcédese, por gracia, a doña Ernestina y a doña Blanca Wright Cataldo, una pensión de setenta y cinco escudos mensuales a cada una, de la que disfrutarán con derecho de acrecer entre ellas