AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LA COMUNA DE SAN MIGUEL, DEL DEPARTAMENTO PRESIDENTE AGUIRRE CERDA, PARA CONTRATAR EL PRESTAMO QUE SEÑALA
Article 3El producto del o los empréstitos deberá ser invertido en los siguientes fines:
In force · version of Jul 21, 1966
Artículo 3°.- El producto del o los empréstitos deberá ser invertido en los siguientes fines: 1) Construcción de un barrio cívico que comprenda el edificio consistorial y un Teatro Municipal _ _ _ _ _ _ _ _ E° 1.000.000,- 2) Adquisición de vehículos para el servicio de aseo _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 500.000,- 3) Construcción de Mercados Municipa- les periféricos _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ 300.000,- 4) Construcción de piscina municipal _ _ 300.000,- 5) Para aportar a la Dirección de De- portes del Estado, para que ésta por sí o por otros Servicios ejecute obras destinadas a habilitar campos deportivos en la comuna y mejore los estadios municipales o construya nuevos estadios _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ E° 1.000.000,- 6) Para aportar a la Dirección de Pavi- mentación Urbana, a la Dirección de Obras Sanitarias u otros Servicios, con el fin de que estas reparticio- nes realicen trabajos destinados a mejoramiento urbano de las poblacio- nes de la comuna, ya sea mediante pavimentación de calzadas, aceras, instalaciones de agua potable o alumbrado público, obras sanita- rias de toda índole. Estos trabajos se harán de acuerdo al plan de in- versiones que confeccione la Muni- cipalidad, el cual deberá ser rati- ficado por el Gobernador del Depar- tamento Pedro Aguirre Cerda _ _ _ _ _ E° 1.900.000,-