🇨🇱 Chile
Ley 5 units
ESTABLECE JORNADA DE TRABAJO EN LAS MINAS DE CARBON.
Ley 16.581cl-law-1966-12-01-16581Dec 1, 1966
- Article 1 La jornada ordinaria de trabajo en el interior de las minas de carbón se contará desde que el trabajador recibe su lámpara hasta que la devuelve en la lamparería de superficie
- Article 2 La permanencia en el interior de las minas de carbón superior a ocho horas se pagará con el recargo que establece la ley
- Article 3
- Article 4
- Article