AUTORIZA A LA CORPORACION DE FOMENTO DE LA PRODUCCION Y A LAS MUNICIPALIDADES QUE SEÑALA PARA CONSTITUIR UNA EMPRESA MIXTA CON PERSONALIDAD JURIDICA Y PATRIMONIO PROPIO, CON EL OBJETO DE INSTALAR Y EXPLOTAR UNA PLANTA INDUSTRIALIZADORA DE BASURAS
Article 3
In force · version of Dec 30, 1966
Artículo 3.o- Destínase, con el objeto de atender el servicio del o los empréstitos que se contraten, el rendimiento de las tasas parciales de un dos, un uno y un uno por mil, sobre el avalúo imponible de los bienes raíces de las comunas de San Miguel, La Granja, Puente Alto, San Bernardo, La Cisterna y de las comunas cuyas Municipalidades ingresen con posterioridad, en su caso, de acuerdo con lo establecido en las letras c), d) y e), respectivamente, del artículo 2.o del decreto reglamentario de Hacienda N.o 2.047, de 29 de Julio de 1965, dictado en conformidad a las disposiciones de la ley N.o 15.021, y siempre que se encuentren suficientemente garantidos los pagos de alumbrado y de pavimentación de las respectivas comunas.