🇨🇱 Chile
Ley 13 units
AUTORIZA A LAS MUNICIPALIDADES QUE INDICA PARA CONTRATAR LOS PRESTAMOS QUE SEÑALA
Ley 16.608cl-law-1967-01-25-16608Jan 25, 1967
- Article
- Article 2
- Article 3 El producto del o los empréstitos que la presente ley autoriza contratar a la Municipalidad de Castro deberá ser invertido en los siguientes fines:
- Article 4 El producto del o los empréstitos que la presente ley autoriza contratar a la Municipalidad de Ancud deberá ser invertido en los siguientes fines:
- Article 5 El producto del o los empréstitos que la presente ley autoriza contratar a la Municipalidad de Chonchi deberá ser invertido en los siguientes fines:
- Article 6
- Article 7 Las obras mencionadas en la letra a) del artículo 3º serán realizadas por la Dirección de Pavimentación Urbana, de acuerdo con la ley Nº 8
- Article 8
- Article 9
- Article 10
- Article 11
- Article 12
- Article 13 Condónase la deuda que los Clubes Aéreos de Ancud y Castro y la Sociedad de Agricultores de Chiloé tienen con la Corporación de Fomento de la Producción