Ley 16.649

APRUEBA DISPOSICIONES QUE BENEFICIAN A FUNCIONARIOS, EMPLEADOS Y OBREROS MUNICIPALES, DEL SERVICIO NACIONAL DE SALUD, A LA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO Y MODIFICA LAS LEYES QUE SEÑALA

Article 1En las Municipalidades que no se hubiere otorgado la calidad de empleados a aquellos obreros a los cuales benefician las leyes N

Article 2

Article 3Los obreros municipales que sean o hayan sido encasillados de conformidad con las leyes N

Article 4Autorízase la importación y libérase de todo derecho de internación, tasa, almacenaje y de los impuestos ad valorem y adicionales establecidos por decreto de Hacienda N

Article 5Reemplázase el inciso primero del artículo 16 de la ley N

Article 6Intercálase en el artículo 28 de la ley N

Article 7Introdúcese la siguiente modificación al artículo 35