AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE LA GRANJA, DEL DEPARTAMENTO PRESIDENTE AGUIRRE CERDA, PARA CONTRATAR EL EMPRESTITO QUE INDICA
Article 2El producto del o los empréstitos que se contraten se invertirá en los siguientes fines: a) hasta Eº 400
In force · version of Feb 20, 1968
Artículo 2º.- El producto del o los empréstitos que se contraten se invertirá en los siguientes fines: a) hasta Eº 400.000 en alumbrado a gas de mercurio; b) hasta Eº 200.000 en aporte a la Dirección de Pavimentación Urbana para trabajos de pavimentación en la comuna, y c) hasta Eº 200.000 para la construcción de un edificio municipal.