Ley 16.971

AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE CAUQUENES PARA CONTRATAR PRESTAMOS

Article

Article 2Facúltase al Banco del Estado de Chile, a la Corporación de Fomento de la Producción u otras instituciones de crédito o bancarias para tomar el o los empréstitos a que se refiere el artículo anterior

Article 3El producto del o los empréstitos será destinado por la Municipalidad de Cauquenes, a los siguientes fines:

Article 4

Article 5

Article 6

Article 7

Article 8