AUTORIZA A LA CORPORACION DE LA VIVIENDA Y OTRAS INSTITUCIONES U ORGANISMOS QUE SEÑALA PARA CELEBRAR O EJECUTAR LOS ACTOS QUE SE INDICAN, Y MODIFICA LA LEY N.° 16.391
Article 3°- La Corporaci"n de Mejoramiento Urbano expropiará el inmueble ubicado en calle 5 Oriente N
In force · version of Jun 5, 1969
Artículo 3.°- La Corporaci"n de Mejoramiento Urbano expropiará el inmueble ubicado en calle 5 Oriente N.° 950 de la ciudad de Viña del Mar, perteneciente a doña Josefina Macellari viuda de Aste, o de quien acredite ser su dueño o sus derechos represente, para lo cual se declara existe utilidad pública. El inmueble referido tiene una superficie aproximada de 271,50 metros cuadrados y sus deslindes son los siguientes: Norte, en 30,50 metros, con Margarita S. de Riquelme; Sur, en 23,80 metros, con Juan Pino; Oriente, en 12,20 metros, con calle Quillota, y Poniente, en 10 metros, con calle 5 Norte. La Corporación de Mejoramiento Urbano, a través de la Corporación de Servicios Habitacionales, transferirá el inmueble a doña Elena Alcántara viuda de Tapia o a quien sus derechos represente, por el valor de la expropiación, pagadero en dividendos mensuales en un plazo no superior a 15 años, sin reajustes y con un interés del 6 por ciento anual.