Ley 17.180

DEROGA LEY N° 16.804 QUE AUTORIZA A LA MUNICIPALIDAD DE ALGARROBO PARA CONTRATAR EL PRESTAMO QUE SEÑALA

Article 1Deróga la ley N° 16

Article 2Autorízase a la Municipalidad de Algarrobo para contratar uno o más empréstitos, directamente con el Banco del Estado de Chile u otras instituciones de crédito, que produzcan hasta la suma de E° 287

Article 3Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito o bancarias para tomar el o los préstamos autorizados por esta ley

Article 4El producto del o los empréstitos deberá ser invertido en los siguientes fines:

Article 5

Article 6°- En caso de no contratarse los empréstitos, la Municipalidad de Algarrobo podrá girar con cargo al rendimiento de dicho tributo para la inversión directa en las obras a que se refiere el artículo 4

Article 7°- La Municipalidad de Algarrobo completará con cualquiera clase de fondos de sus rentas ordinarias si los recursos a que se refiere el artículo 5

Article 8

Article 9

Article 10