Ley 17.343

INTRODUCE MODIFICACIONES AL DFL. 1.340 BIS, DE 1930, SOBRE REGIMEN DE PRESTACIONES PARA LA SECCION EMPLEADOS PUBLICOS DE LA CAJA NACIONAL DE EMPLEADOS PUBLICOS Y PERIODISTAS.

Article

Article 2Auméntase, en 50% y para el solo efecto de la revalorización contemplada en la ley N° 15

Article 3Los beneficios que contempla la presente ley se concederán con cargo a los recursos generales de la institución

Article 4Declárase que no se aplicará lo dipuesto en el artículo 7° de la ley N° 14

Article 5Aclárase que los beneficios establecidos en el artículo 3° de la ley N° 11

Article Los artículos 1°, 2° y 3° de la presente ley regirán a contar del 1° de Enero de 1971