🇨🇱 Chile
Ley 6 units
COMPLEMENTA ARTICULO 12° DE LA LEY 17.169
Ley 17.527cl-law-1971-10-16-17527Oct 16, 1971
- Article 1 Agregar como inciso segundo del artículo 12 de la ley N° 17
- Article 2 Las sumas que se recauden, en la temporada indicada en el inciso segundo del artículo 12 de la ley N° 17
- Article 3 Las utilidades líquidas que se obtengan por los establecimientos referidos en la temporada indicada en el inciso segundo del artículo 12 de la ley N° 17
- Article 4
- Article 5 Para determinar las utilidades líquidas del establecimiento, durante el lapso indicado en el inciso segundo del artículo 12° de la ley N° 17
- Article 6 El funcionamiento del establecimiento, en el período indicado en el inciso segundo del artículo 12° de la ley N° 17