REFORMA EL CODIGO ORGANICO DE TRIBUNALES
Article 5Créase un juzgado de letras de menores
In force · version of Apr 10, 2023
Artículo 5º.- Créase un juzgado de letras de menores con asiento en la comuna de Coihaique y competencia sobre las comunas de Coihaique y Río Ibáñez. Este tribunal tendrá la siguiente planta de personal: un juez, un secretario, un oficial primero, un oficial segundo, un oficial de sala, un asistente social y un receptor, con los grados de la Escala de Sueldos Bases Mensuales del Personal del Poder Judicial que a cada cargo corresponda, sin perjuicio de los aumentos de dotación que la ley determine.