SOBRE FOMENTO DE LA MUSICA CHILENA
Article 1El Estado de Chile apoya, estimula,
In force · version of Feb 17, 2020
Artículo 1º.- El Estado de Chile apoya, estimula, promueve y difunde la labor de los autores, compositores, artistas intérpretes y ejecutantes, recopiladores, investigadores y productores de fonogramas chilenos, forjadores del patrimonio de la música nacional, para la preservación y fomento de la identidad cultural.