Article
"Artículo 1°.- Modifícase el artículo primero de la ley N° 21.442, que aprueba nueva ley de copropiedad inmobiliaria, de la siguiente forma: 1.- Elimínase, en el inciso segundo del artículo 80, la frase "que se establezca en el reglamento de esta ley como". 2.- Sustitúyese, en el artículo 1° transitorio, la frase "deberá sancionar el reglamento de esta ley" por "deberá aprobar el Ministerio de Vivienda y Urbanismo, mediante resolución exenta".
Article 2La modificación que la presente ley introduce en el artículo 1° transitorio del artículo primero de la ley N° 21
Artículo 2°.- La modificación que la presente ley introduce en el artículo 1° transitorio del artículo primero de la ley N° 21.442, que aprueba nueva ley de copropiedad inmobiliaria, producirá efectos en forma retroactiva a partir del 13 de abril de 2022.".