DFL 8.582

DECRETO QUE FIJA LA NUEVA DIVISION TERRITORIAL DE LA REPUBLICA.

Article 1o Divídese el país en las siguientes provincias, departamentos y territorios:

Article 2o Los departamentos tendrán por límites los fijados por el decreto-ley número 354, de 17 de Marzo de 1925, y sus actuales cabeceras, con las modificaciones siguientes, además de las arriba indicadas:

Article 3

Article 4

Article 5

Article 6o El presente decreto comenzará a regir desde el 1